FORMACIÓN EN LA PYME
:: CÍRCULO GACELA SL ::

TODOS HABLAN DE ELLA PERO ES UNA GRAN DESCONOCIDA EN LA PYME

miércoles, 10 de junio de 2009

FORMACIÓN VERSUS TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN

En Círculo Gacela el 80% de nuestros clientes pertenece a la rama de la construcción. Una consecuencia directa de ello, es el alto grado de conocimiento que poseemos de leyes y normas establecidas para este sector. En este caso me refiero a los conocimientos obtenidos sobre la Tarjeta Profesional de la Construcción, también llamada TPC.

Esta tarjeta ha nacido como consecuencia de lo previsto en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y de lo establecido en el vigente Convenio General del Sector de la Construcción 2007 - 2011. Y lo hace de manos de la Fundación Laboral de la Construcción.

La Tarjeta Profesional de la Construcción es una herramienta estrechamente vinculada con la formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que deben poseer todos los trabajadores del sector de la construcción. Mediante ella, se acreditan: la formación recibida por el trabajador del sector en materia de Prevención de Riesgos Laborales, su categoría profesional y sus periodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad. Se vigila sobre todo que los trabajadores de nueva incorporación posean al menos la formación inicial anteriormente citada. Y más todavía, si son trabajadores pertenecientes a las empresas subcontratistas.

Para obtener la TPC, es requisito imprescindible haber recibido la formación inicial en materia de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo establecido en el Convenio General del Sector de la Construcción. La pueden solicitar aquellos trabajadores activos, o en situación de incapacidad temporal, que presten sus servicios en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción. Pero también, la pueden solicitar trabajadores que se encuentren en situación de desempleo, siempre y cuando tengan acreditados al menos treinta días de alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción.

Según se determina en el Convenio General del Sector de la Construcción 2007 - 2011, la TPC será obligatoria a partir del 31 de Diciembre de 2011. Aparentemente queda mucho tiempo para que sea obligatoria, y quizás es eso lo que está impidiendo ver con claridad todos los beneficios que aporta, y la necesidad de tenerla de inmediato.

Todos aquellos trabajadores que estén en posesión de la TPC disponen de numerosas ventajas. Una de las más importantes, es la facilidad de acceso a los servicios de la Fundación Laboral de la Construcción: cursos, bolsa de empleo,publicaciones,... Aprovecharse de estas ventajas es adelantarse a la competencia. Y por supuesto,... no perder oportunidades de negocio, ¡que no están los tiempos para derrochar!


María Fernández

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